GATOPARDISMO CONSTITUCIONAL: Que el diablo nos pille confesados

Dante Reyes Marín. Codigorojovalparaiso. Febrero 2022.
El gatopardismo es un concepto muy utilizado en la ciencia política, originado en una novela escrita en la década de los 50 del siglo pasado, y que aborda la unión entre la aristocracia y la burguesía del siglo XIX, y cuando el llamado “país de la bota”, Italia, recién se configuraba como una nación unificada.
En parte de esa novela, uno de sus personajes sostiene la frase “Si queremos que todo siga como está, necesitamos que todo cambie”. Y el principio básico, la peligrosa idea fundamental, es que parezca realmente que todo se modifica para bien, pero que en realidad, el orden estructural de las cosas permanezca, con otra cara, más amable, sonriente incluso, pero con un fondo igual de inhumano que el viejo rostro.
Por eso esta reflexión pretende ser una advertencia contra el gatopardismo constitucional que puede estar orquestándose al interior de la Convención Constitucional, con franca mala fe de algunos, y estoy seguro, con absoluta buena fe, pero inocencia, de muchos otros.
Es que una constitución es una poderosa herramienta para los ciudadanos, es una guía rectora de determinados principios bajo los cuales se deben promover las leyes. Es decir, y en palabras más sencillas, no es posible dictar una ley, si con ella se viola el principio o mandato contenido en la carta fundamental.
Por esta razón, si la constitución fuese un texto inofensivo, ajeno a la vida de las personas o al desenvolvimiento de las grandes empresas, no estaríamos ante la pugna que en estos momentos se desarrolla en el mundo político. No veríamos los pataleos y berrinches de la derecha ni escucharíamos las vulgares rabietas de la convencional Teresa Marinovic.
Entonces, partamos de la base, de que una carta magna, una constitución política, le sirve al pueblo en las cuestiones más sencillas, y al ciudadano más humilde para su defensa frente a cualquier tipo de opresión.
Pero como abogado litigante, es decir, que lleva causas en los tribunales de justicia, también considero importante advertir que muchas veces las leyes son burladas por instituciones públicas, privadas o por el propio Congreso Nacional, cuando, por ejemplo, se dice que una norma va a entrar en vigencia, luego de su reglamentación y promulgación en el Diario Oficial.
Pero no es algo extraño o infrecuente que esa reglamentación nunca se produzca, lo que deja a la norma constitucional sin posibilidad de ser utilizada y esgrimida en favor de los más vulnerables. Claro, la norma está, pero no lista para su aplicación. Y así puede pasar una vida, existiendo en los textos más solemnes, siendo incluso enseñada en las universidades, pero sin la capacidad real de defender, que es su propósito original, o su espíritu, como se suele decir en la jerga legal. Hecha la ley, hecha la trampa, replica en cambio, la jerga popular.
La constitución argentina, por ejemplo, contempla un artículo, el número 28, que apunta precisamente a prevenir frente a esa inocuidad normativa, dicho en criollo, a que la norma realmente sirva. Pues dice: “Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”.
Pero como una constitución no puede abarcar todos los temas en todos los campos, la carta magna argentina contiene otro artículo, el 75 inciso 22, y que en parte señala que “La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos”.
Es decir, que toda una batería normativa, una amplísima gama de derechos consagrados en distintos pactos internacionales pasa a tener rango constitucional, y por ende, las leyes que se dicten en la república, no pueden transgredir los principios que esos pactos contengan. Y esto, hay que entenderlo muy bien, no es ninguna renuncia a la soberanía, al contrario, significa mayor protección para los más vulnerables, para todos los ciudadanos.
Pero insisto, hay que tener cuidado con la construcción normativa. Las grandes declamaciones llenas de buena voluntad deben necesariamente tener mecanismos para que puedan aplicarse en la vida cotidiana. No nos sirve un texto lleno de normas y principios que no defienda a nadie, pues si eso resulta de la Convención Constitucional, entonces, lamentablemente, estaremos frente al más puro caso de gatopardismo.
La Convención Constitucional que en estos momentos debate una nueva carta para Chile, que reemplace a la escrita por Jaime Guzmán bajo bajo la égida de Pinochet, asesino y ladrón, debe realmente mejorar la vida de los chilenos, debe servir para el ciudadano de a pie, para doña Rosa, para don Juan, para el niño Luchín.
Y en este sentido, es imperioso recordar que esta Convención no surgió del claro y honesto consenso de la clase política, sino del clamor de millones de personas sencillas que, agobiadas, hastiadas y muchas veces enfurecidas, salieron a la calle para gritar BASTA.
Y ese clamor multitudinario dijo basta de AFP, basta de lucro en la educación, salud digna para todos, nacionalización de las riquezas minerales, jubilaciones dignas para nuestros viejos. En fin, una serie de demandas de carácter estructural que hoy están en un juego de poder, en un tira y afloja entre pocos, los privilegiados de siempre, y muchos, armados sólo con sacrificio y la justeza de su accionar.
Y por eso, si al finalizar este debate constitucional, cuando se vote el nuevo texto, no nos encontramos frente a, al menos algunas de esas demandas convertidas en realidad, estaremos entonces ante un caso de claro gatopardismo, y si los chilenos quieren en realidad que la tortilla de vuelva, tendrán que salir otra vez a la calle para un estallido más, hasta que, realmente, la dignidad se haga costumbre.
De lo contrario, y como decían nuestras abuelas, mejor que el diablo nos pille confesados.

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