24 de agosto de 2022 .
Fuente www.lemondediplomatique.cl
El nuevo texto Constitucional se inicia con un primer artículo que incluye una afirmación muy relevante, pero que nos parece no ha sido bien comprendida por los medios de comunicación, y que algunos sectores políticos han tergiversado en medio de la creciente polarización que tienen las dos opciones del próximo plebiscito, apruebo o rechazo. Dicho artículo indica lo siguiente: “Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural, regional y ecológico”. Queremos referirnos aquí únicamente a la cuestión intercultural, ya que las y los que suscribimos este texto –profesores y profesionales, estudiantes de centros universitarios del sur, del norte y centro del país- consideramos que la correcta comprensión de sus significados es central para dar cuenta de los aportes que tiene la nueva propuesta constitucional.
Aunque la terminología intercultural ha ido cobrando cada vez un mayor uso en la terminología gubernamental de estas últimas décadas, sobreponiéndose a la utilización del término multicultural, como ocurre por ejemplo en los campos de la educación, de la salud relativa a los programas de los pueblos originarios, entre otros, no siempre ha dado cuenta del correcto sentido y significado que la propuesta intercultural ha querido propiciar desde los años noventa, en adelante. La interculturalidad, como propuesta política, no es un tema para los pueblos indígenas, sino que es una aspiración para el conjunto de la sociedad y de sus ciudadanos, y donde se trata principalmente de destacar los valores y normas asociadas a la diversidad, al diálogo, al reconocimiento y a la convivencia en común.
Como lo ha señalado el filósofo y teólogo Raimon Panikkar y que aquí queremos señalar de una manera sintética, las premisas que acompañan la idea de interculturalidad son: 1) Las culturas no pueden ser consideradas el folklore de un país. 2) La interculturalidad reconoce que las culturas no se reducen a una sola forma de ver, pensar, y concebir el mundo. 3) La interculturalidad nos plantea la posibilidad de un diálogo, no lo da por sentado. Propende a un diálogo entre mundos diversos, diferentes, respetando nuestras diferencias y particularidades. 4) Nos invita a repensarnos como sociedad.
Son estas ideas las que aparecen en la propuesta de nueva Constitución, el artículo 11 indica “El Estado reconoce y promueve el diálogo intercultural, horizontal y transversal entre las diversas cosmovisiones de los pueblos y naciones que conviven en el país, con dignidad y respeto recíprocos. El ejercicio de las funciones públicas debe garantizar los mecanismos institucionales y la promoción de políticas públicas que favorezcan el reconocimiento y la comprensión de la diversidad étnica y cultural, superando las asimetrías existentes en el acceso, la distribución y el ejercicio del poder, así como en todos los ámbitos de la vida en sociedad”. En este sentido, los artículos referidos en el texto nos proponen un horizonte relativo a valores y normas que debieran articular nuestras formas de vida en una sociedad chilena que no se ha caracterizado precisamente por encarnarlas. Se trata de una propuesta sociocultural y política que busca consolidar un proyecto de país abierto a la diversidad social y cultural en todos sus planos. Por ello, el léxico intercultural nos refiere a una utopía intercultural, y que dibuja claramente a la luz de los capítulos siguientes: Artículo 12, inciso 1: “El Estado es plurilingüe. Su idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas son oficiales en sus territorios y en zonas de alta densidad poblacional de cada pueblo y nación indígena. El Estado promueve su conocimiento, revitalización, valoración y respeto”; inciso 2: “Se reconoce la lengua de señas chilena como lengua natural y oficial de las personas sordas, así como sus derechos lingüísticos en todos los ámbitos de la vida social”; artículo 13, inciso 1: “Son emblemas nacionales de Chile la bandera, el escudo y el himno nacional”; inciso 2: “El Estado reconoce los símbolos y emblemas de los pueblos y naciones indígenas”; artículo 14, inciso 1: “Las relaciones internacionales de Chile, como expresión de su soberanía, se fundan en el respeto al derecho internacional y a los principios de autodeterminación de los pueblos, no intervención en asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados, multilateralismo, solidaridad, cooperación, autonomía política e igualdad jurídica entre los Estados”. En lo que señalan estos artículos citados, se alude a una visión prospectiva de la interculturalidad, y no simplemente a los adjetivos de programas gubernamentales que se ha buscado implementar.
En suma, estamos viviendo un proceso democrático único en la historia contemporánea de Chile. Hemos podido decidir si escribir una nueva Constitución, y con ella marcar el rumbo de las próximas décadas, o quedarnos con la actual Constitución. Sin querer entrar en el detalle de lo que ha significado la Constitución neoliberal actual impuesta en dictadura y reformada tenuemente para el diario vivir y la convivencia de quienes habitamos Chile, quisiéramos remarcar en este nuevo escrito la esperanza que nos produce estar a un paso de abrirnos a nuevas posibilidades de una sociedad diversa, justa y democrática. Hemos optado como país por escribir una nueva carta, y esta se ha redactado por personas elegidas democráticamente, en un diálogo completamente transparente, abierto y participativo, que fue aprobado finalmente por más de dos tercios de las y los participantes. Entre estas personas, representantes de pueblos originarios. La representación de pueblos originarios ha sido un primer acto que también quisiéramos destacar. Se trata de un gesto de reconocimiento hacia comunidades preteridas por la historia, por la política, por los entramados socioculturales, que lo vuelven un acto de justicia histórica. La multiculturalidad en Chile ha sido una realidad desde sus inicios, y hoy podemos avanzar en la consagración de la interculturalidad y la plurinacionalidad, lo que nos permite no solo enriquecernos con la explicitación de la diversidad, sino permitir que el reconocimiento recíproco sea verdadero; esto es: que podamos entender que hay culturas diversas, con sus propios mitos u horizontes de inteligibilidad donde -siguiendo al mismo Panikkar- la percepción de la realidad tiene y toma sentido. Esta apropiación de nuestros mitos o la cierta comprensión de lo significativo de nuestras culturas, sólo son posibles ante la mirada de las otras, y esa posibilidad dada históricamente ha permitido trazar -dentro de ciertos márgenes acordados internacionalmente y vistos bajo la óptica de acuerdos de muchas más culturas- articulados que brinden la esperanza de mantener -abiertamente- y fortalecer -lúcidamente- las prácticas culturales y sus creencias espirituales, en el pleno ejercicio de los derechos colectivos e individuales.
Las dinámicas interculturales a las que nos invita el nuevo texto constitucional nos plantea la posibilidad de un verdadero diálogo intercultural. No da por sentado el resultado de la interacción, pero nos permite repensarnos como sociedad precisamente en esas zonas conflictuales, donde no hay mitos mayores, y donde se necesita respetar las diferencias y particularidades.
Ingrid Álvarez Osses
Ángela Boitano Gruettner
Ximena Briceño Olivera
Valentina Bulo Vargas
Gloria Carrillo Vallejos
Andrea Castillo Muñoz
Natalia Celedón Celis
Marcelo Carrasco Henríquez
Rebeca Correa del Río
José de la Fuente Arancibia
Rolando Díaz Fuentes
Fernando Díaz Fernández, svd
Harold Dupuis Marambio
Angélica Hernández Moreno
Bernardo Guerrero Jiménez
Rodrigo Herrera Ojeda
Luz Marina Huenchucoy Millao
Michelle Lapierre
Fabien Le Bonniec
Andrés MacAdoo Espinoza
Augusto Ovando Cid
Cristian Pacheco Huaiquifil
Sandra Pérez Infante
Rodrigo Pulgar Castro
José Quidel Lincoleo
Beatriz Recabarren Gutiérrez
Ricardo Salas Astraín
Mario Samaniego Sastre
Andy Torres Hidalgo
Cristian Valdés Norambuena
Lorena Zuchel Lovera
Alex Ibarra Peña
Fuentes: Panikkar, Raimon: “Decálogo: cultura e interculturalidad”. En Cuadernos Interculturales, vol. 4, núm. 6, primer semestre, 2006, pp. 129-130. Universidad de Playa Ancha Viña del Mar, Chile.